Titiriteros víctimas del ataque a la libertad de expresión del Pacto Antiterrorista

 

De aquellos barros, estos lodos.

Antes de la aprobación de las Leyes Mordaza (Ley de Seguridad Ciudadana, Código Penal y Pacto Antiterrorista) la ONU ya advirtió que “tal y como está redactada, la ley anti-terrorista podría criminalizar conductas que no constituirían terrorismo y podría resultar entre otros en restricciones desproporcionadas al ejercicio de la libertad de expresión”, según palabras de David Kaye, Relator especial de la ONU para la promoción y protección de la libertad de opinión y expresión.

 

 

 

Esta advertencia sobre la restricción de derechos fundamentales en España, venía del mayor órgano de expertos/as independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, sistema que reúne los mecanismos de investigación y monitoreo establecidos por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo.

 

También diversas organizaciones que trabajan en la defensa de los Derechos Humanos, como Amnistía Internacional a través de Julia Hall, experta en antiterrorismo y derechos humanos, se unían a dicha preocupación, advirtiendo que “la definición propuesta de terrorismo incluye tantos delitos que carece prácticamente de sentido (…) Parece como si cualquier cosa, desde ciertas formas de expresión y de asociación, pudiera etiquetarse y enjuiciarse como terrorismo. La definición sugerida es excesivamente amplia y algunos elementos son tan vagos que incluso un abogado experimentado tendría dificultades para saber con certeza qué constituiría un acto terrorista.”

Se considerará delito de terrorismo la comisión de un delito grave cuando se llevara a cabo con la finalidad de subvertir el orden constitucional, desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, alterar gravemente la paz pública, desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional, provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.

Art.573.  Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

 

Desde No Somos Delito nos hemos hecho eco de estas alertas, y hemos denunciado incansablemente que la reforma del Pacto Antiterrorista mal llamado "Pacto Antiyihadista" (bien podría llamarse Pacto Antititiriteros) no tenía como único objetivo la lucha contra el terrorismo, sino la extensión de la lucha contra la libertad de expresión: legalizando la limitación de derechos básicos de la ciudadanía y recortando nuestras libertades como se puede leer en el documento elaborado por el Grupo de Análisis de No Somos Delito con los once puntos críticos de dicha reforma para la ciudadanía. La cuestión de fondo se encuentra en que, si bien la reforma dice estar destinada a la lucha contra el terrorismo, muchas de sus previsiones pueden afectar a cualquiera de nosotras.

Y precisamente a eso asistimos el viernes. La Audiencia Nacional, con su fiscalía y su juez Ismael Moreno desoyendo todas estas alertas y análisis, ordenó la entrada en prisión de dos titiriteros acusándolos de un delito de enaltecimiento del terrorismo por una sátira que relataba precisamente lo que finalmente pasaría en la realidad. Cuando, además, en ningun caso, el contenido de la obra La Bruja y Don Cristóbal en el que se hacía referencia al terrorismo encaja dentro de la definición de enaltecimimiento del terrorismo que establece el Código Penal. Y así lo ha corroborado, entre otros, Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia: "satirizar a la policía o a los jueces no es enaltecimiento del terrorismo, es libertad de expresión".

El enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos de terrorismo comprendidos en los artículos 572 a 577  o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses.

Art.578. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

 

 

Vídeo de la representación en Madrid el 5 de febrero de 2016

 

Sátira de los montajes policiales y del uso del término "terrorismo"

contra los que protesten

 

 

Las que tampoco han debido tener en cuenta estas alertas, pero escriben y gritan cada día en los mass media como expertas en todo este asunto, han iniciado ya su particular, recurrente e incansable ataque sin cuartel hacía esas dos personas, y por extensión, hacía todas las que queremos y defendemos un país libre de mordazas para todas.

 

 

Pero la historia es otra.

 

Decía el programa oficial del Ayuntamiento de Madrid que este año “El Carnaval de Madrid quiere, por fin, rendir homenaje a los Bufones y Bufonas (…) Seres marginales, travestidos, refugiados, humillados, locos, tullidos, irreverentes e indigentes, dan nombre a lo innombrable y cuerpo a lo invisible. En esta edición del Carnaval, decenas de Bufones, con una infinita fe en el potencial de la Risa, transgredirán las convenciones sociales y retarán al máximo las hipocresías sociales.”

 

Y eso hicieron los bufones.

 

 

 

Quizás el ejercicio que debe hacer el Ayuntamiento de Madrid sea valorar si la obra era idónea para el público infantil y si se programó en un horario inadecuado, pero en ningún caso, presentar una denuncia contra “aquellos que son capaces de recuperar el esperpento, la risa, la burla, la transgresión, la justicia, el juego, la fantasía y la alegría de nuestras vidas” (también literal de ese programa firmado por el Ayuntamiento), participando así de una injustificada detención y entrada en prisión, preventiva y sin fianza de dos titiriteros a los que quieren criminalizar, pero advertimos: no podrán, amordazar.

 

Sin quizás, el ejercicio que debe hacer el Ayuntamiento de Madrid es presentar la moción de censura a las Leyes Mordaza, unirse a la Red de Ciudades Libres de Mordazas, participando así en la defensa de la libertad y derechos de la ciudadanía así como luchar activamente para la liberación de los Titiriteros detenidos.

Desde NSD, pedimos el compromiso y la acción de todas para lograr la libertad sin cargos de las dos personas detenidas, su inmediata salida de la cárcel de Soto del Real, y la derogación sin más dilación de las Leyes Mordaza: Ley de Seguridad Ciudadana, la reforma del Código Penal y del Pacto Antiterrorista.  #SátiraNoEsDelito.

 

Está en juego la libertad de todas. Convoca, difunde y participa. STOP CRIMINALIZACIÓN

 

 

 

 

Somos muchas titiriteras juntas y sin miedo.

Apoya #TitiriterosLibertad

 

 

 

 

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